SAN JUAN | Se encuentra vigente una nueva moratoria para impuestos vía web



La DGR implementó una moratoria con distintas modalidades que incluyen desde la elección del impuesto a cancelar, las cuotas y hasta el pago, exclusivamente vía web.



La Dirección General de Rentas de San Juan (DGR) ha implementado la Moratoria Ley 2029-I con las siguientes características:

  • Condonación de Intereses Resarcitorios y/o Punitorios previstos en el Art. 43 Bis, Apartado A), Inciso h), de la Ley Nº 151-I . La condonación total de intereses que supere el porcentaje que para cada caso se establece como sigue:
    • Ejercicio Fiscal 2018 y obligaciones vencidas al 31/12/19, 10% del capital adeudado.
    • Ejercicios Fiscales 2016 y 2017: 25% del capital adeudado.
    • Ejercicios Fiscales 2014 y 2015: 50% del capital adeudado.
    • Ejercicios Fiscales 2013 y anteriores: 75% del capital adeudado.
  • Pago contado: se establece un descuento del 15% sobre el monto de la deuda consolidada.
  • Cantidad de cuotas: Hasta 120 cuotas en el caso de contribuyentes y 36 en el caso de agentes de retención y percepción, por sus obligaciones tributarias generadas en carácter de tales.

Deudas que se incluyen:

  • Impuesto Inmobiliario impuesto a la Radicación de Automotores: hasta la décima (10) cuota del año 2019.
  • Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Adicional Lote Hogar (contribuyentes del Régimen General y los que tributen por Convenio Multilateral): hasta la décimo primer (11) declaración jurada año 2019
  • Impuesto sobre los Ingresos Brutos- Régimen Simplificado: hasta la décimo segunda (12) cuota del año 2019.
  • Impuesto de Sellos y Adicionales Lote Hogar y Acción Social: por declaración jurada: hasta la correspondiente al mes de noviembre de 2019. Los actos, contratos y operaciones instrumentados, realizados y/o fechados hasta el día 5 de diciembre de 2019. En las operaciones relativas a depósitos de dinero a plazo, hasta el día 20 de diciembre de 2019.
  • Agentes de Retención y Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Adicional de Lote Hogar: hasta la décimo primer (11) declaración jurada del año 2019.
  • Agentes de Retención o Recaudación Impuesto de Sellos y Adicionales Lote Hogar y Acción Social: hasta la décimo primera (11) declaración jurada del año 2019.
  • Multas por incumplimiento de las obligaciones formales y materiales cometidas hasta el día 13/12/19 que se encuentren firmes.

Los contribuyentes pueden acceder a los beneficios ingresando al sitio oficial de la DGRsección Consultas on line / Moratoria Ley 2029-I.

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